Planeación y presupuesto participativo
Fecha modificación: 22 diciembre 2025
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En virtud del marco normativo que nos rige (Decreto 1876 de 1994, Decreto 883 de 2015) y demĆ”s normas concordantes, el Hospital Civil de Ipiales no decide y delibera conjuntamente con la ciudadanĆa la asignación de los recursos pĆŗblicos, dado su carĆ”cter de Empresa Social del Estado, del orden municipal, descentralizada, con personerĆa jurĆdica, patrimonio propio y autonomĆa administrativa, sujeta al rĆ©gimen jurĆdico propio de las personas de derecho pĆŗblico, con las excepciones que consagren las disposiciones legales, cuyo objetivo es la prestación de servicio de salud, entendido como un servicio pĆŗblico a cargo del Estado y como parte integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud; razón por la cual, no le aplica el reporte y divulgación de información respecto al proceso de planeación y presupuesto participativo, de acuerdo con lo previsto en el artĆculo 90 y ss. de la Ley 1757 de 2015.
